¿Quién es responsable de las mercancías durante el transporte? Claves para propietarios, transitarios y aseguradoras

En el transporte de mercancías, uno de los aspectos más críticos es la correcta gestión del riesgo. Una duda frecuente entre cargadores, transitarios y aseguradoras es: ¿quién asume la responsabilidad de las mercancías cuando el seguro es contratado por el transportista o el transitario? Este artículo responde a esta pregunta desde el marco legal vigente en España y aborda situaciones reales que pueden generar conflicto.

 

¿Quién asume la responsabilidad en el transporte de mercancías?

Contratar el seguro no transfiere automáticamente la responsabilidad.

 

En España, el propietario de las mercancías continúa siendo el principal responsable económico, incluso si el seguro es contratado por el transportista o el transitario. Esto se debe a que:

 

  • - La responsabilidad legal y la cobertura aseguradora son conceptos distintos.
  • - Solo mediante un acuerdo contractual específico (como los Incoterms o una cláusula en la carta de porte) puede transferirse la responsabilidad.
  •  

Por tanto, si el seguro es contratado por un tercero sin que el propietario esté incluido como beneficiario o asegurado, podría no estar cubierto en caso de siniestro.

 

Consulta la Ley de Contrato de Seguro (LCS), art. 43 - BOE

¿Quién cobra la indemnización del seguro de transporte de mercancías?

 

Depende de cómo se redacte la póliza. Existen dos escenarios comunes:

 

  • - El propietario está incluido como asegurado o beneficiario: puede reclamar la indemnización directamente.

  • - El propietario no está mencionado: podría quedar desprotegido, incluso si el seguro fue contratado "por cuenta suya".

En la práctica, muchos transitarios contratan el seguro como valor añadido al transporte, pero si este coste no está reflejado ni se ha formalizado el mandato, surgen problemas jurídicos.

¿Qué sucede si no hay acuerdo explícito entre propietario y transitario?

Un escenario realista

 

  • - El transitario contrata un seguro de daños para la mercancía.

  • - No informa ni se deja constancia al propietario.

  • - Se produce un siniestro.

  • - La aseguradora del propietario indemniza le indemniza y luego ejecuta el derecho de subrogación, reclamando al transitario o a su aseguradora.

Resultado: el transitario podría quedar expuesto a responsabilidades y litigios si no se ha cubierto adecuadamente su actuación.

 

Más información sobre subrogación en el artículo 43 de la LCS

 

¿Es esto un caso de doble seguro de transporte de mercancías?

Qué es el doble seguro

 

Según el artículo 32 de la LCS, hay doble seguro cuando el mismo bien, riesgo y periodo está cubierto por más de una póliza, a favor del mismo beneficiario.

Condiciones para que haya doble seguro en transporte

 

  • - Ambas pólizas cubren los mismos riesgos (daños en transporte).

  • - Ambas aseguran el mismo interés económico (mercancías del propietario).

  • - Ambas son para el mismo periodo de tiempo.

  • - El beneficiario es el mismo.

Consecuencias del doble seguro

 

El asegurado no puede cobrar dos veces por el mismo daño. En su lugar, las aseguradoras deben indemnizar en proporción a la suma asegurada por cada una. Si una paga la totalidad, puede repetir contra la otra.

 

  • Ejemplo práctico:
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Póliza A (transportista): 60.000 €

Póliza B (propietario): 40.000 €

Daño: 50.000 €

 

Indemnización proporcional:

A: 30.000 € (60%)

B: 20.000 € (40%)

 

Más información: Artículo 33 LCS - Contribución proporcional

 

¿Cómo evitar conflictos legales y contractuales?

Buenas prácticas para propietarios, transitarios y aseguradoras

 

  1. 1. Designar siempre que sea posible al propietario como beneficiario si el seguro lo contrata un tercero.

  2. 2. Formalizar por escrito el mandato para contratar seguros por cuenta ajena.

  3. 3. Revisar las condiciones y exclusiones de cada póliza.

  4. 4. Evitar la contratación informal o tácita, ya que puede conllevar conflictos jurídicos.

Especialización y claridad

 

Como observamos, el transporte de mercancías no admite ambigüedades. Es esencial que todas las partes involucradas (propietarios, transportistas, transitarios y aseguradoras) conozcan su rol, derechos y límites.

 

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